Destacadas

TEPJF ordena reincorporar en su cargo a alcaldesa de Oxchuc, Chiapas

Cd. de México.-La Sala Superior del TEPJF ordenó la reincorporación en su cargo a la alcaldesa del municipio indígena de Oxchuc, Chiapas, María Gloria Sánchez, quien solicitó licencia al cargo por tiempo indefinido, bajo presión y violencia política.

Ello, luego de revocar el decreto del Congreso del Estado de Chiapas que había designado a Óscar Gómez Pérez, como presidente municipal de Oxchuc.

Además, el Pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), vinculó a las autoridades competentes a generar las condiciones necesarias para que Sánchez Gómez, quien fue democráticamente electa durante los comicios celebrados el 19 de julio de 2015, pueda asumir el cargo..

“Se vincula a la Secretaría General de Gobierno del estado y al Congreso del estado de Chiapas para que a través del diálogo y la concertación, de manera oportuna, adecuada y eficaz, creen los cauces institucionales para sensibilizar a las partes en conflicto a efecto de que colaboren en cumplimiento del presente fallo”, ordenaron la y los magistardos.

En sesión pública, rechazaron el proyecto realizado bajo la ponencia del magistrado Manuel González Oropeza, a fin de que se realizara un plebiscito para que la ciudadanía decida si debe o no restituir en su cargo a la alcaldesa.

“Se determina la reincorporación de María Gloria Sánchez Gómez al cargo de presidenta municipal de Oxchuc, Chiapas, cargo a que fue democráticamente electo durante el proceso electoral 2014-2015”, refiere la sentencia aprobada por mayoría.

En la misma, se ordena al ayuntamiento de Oxchuc, convocar a los ciudadanos Alicia Santiz Gómez, Mercedes Gómez Sánchez, Sara Santiz López y Baldemar Morales Vázquez, a fin de que tomen protestas del cargo como regidores por el principio de representación proporcional del citado municipio.

De igual forma, se les deberá convocara las sesiones de Cabildo y se les permita el pleno ejercicio de sus funciones en términos de la Constitución y la Ley Orgánica municipal del estado de Chiapas.

Derivado de ello “queda constreñido el citado ayuntamiento a entregar la remuneración correspondiente por el ejercicio del cargo a los mencionados ciudadanos, desde la fecha de inicio de su encargo más las que se sigan generando hasta la concusión de su ejercicio”.

Los magistrados electorales consideraron distintos aspectos que explican la problemática que vive la comunidad indígena, como el patrón de agresiones contra la presidenta municipal en turno, consistente en la quema de sus vivienda.

Además, la agresión al edificio municipal, destrucción de vehículos, violencia en la celebración de plebiscitos, muerte de participantes, exclusión radical a sus opositores en los espacios del Ayuntamiento, toma al presupuesto municipal como botín y creciente intervención de los partidos políticos.

“¿Vamos actuar (en el TEPJF) al margen del derecho recomendando un plebiscito para resolver el problema de violencia que se ha ocasionado en el estado? Definitivamente me aparto de la idea”, planteó el magistrado Flavio Galván Rivera.

Al defender su proyecto, el magistrado ponente, González Oropeza, aclaró que no existe un solo elemento que demuestre que ella en lo personal (María Gloria) fue obligada a presentar la licencia más que su dicho, aun cuando se reconoce que el contexto de violencia sí pudo incidir en la decisión de separarse del cargo como afectó a los demás habitantes del municipio”.

Recordó que la entidad chiapaneca “es un estado de plebiscitos. Chiapas aceptó por medio e un plebiscito formar parte de México”.

Además, “ha tenido varios plebiscitos. Estos municipios han llevado a cabo diveros plebiscitos como pueden ustedes consultar en internet”, anotó, al informar que publicaría su proyecto por este medio.

por Notimex

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

6 + 19 =