Destacadas

El TEPJF remueve a todos los consejeros de Chiapas

La Sala Superior ratificó la remoción de tres de los consejeros electorales decidida por el INE, pero además le ordenó al instituto remover al resto de los consejeros de dicho órgano electoral.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución del INE mediante la cual aprobó la destitución de tres consejeros electorales de Chiapas y solicitó la remoción de los cuatro restantes por incumplir con el principio de paridad de género en el registro de candidaturas durante el proceso electoral 2014-2015.

“Se acreditó que sus conductas trastocaron el orden jurídico e incumplieron el principio de paridad de género y el procedimiento para la emisión del voto de chiapanecos residentes en el extranjero”, refiere el dictamen.

Además, por la alteración del listado nominal de votantes en el extranjero, así como otras irregularidades que en su momento fueron calificadas por los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) como manipulación y fraude electoral.

Durante la sesión pública celebrada miércoles, el pleno del TEPJF coincidió que los consejeros que integran el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas (IEPC) incurrieron en conductas graves que trastocaron de forma especial el orden jurídico.

Ello, toda vez que “todos tenían el deber de cumplir con idoneidad y profesionalismo la función estatal que tienen encomendada por mandato de la Constitución general de la República”.

Por tanto, “se propone modificar el acuerdo reclamado para que se deje firme la remoción decretada respecto de tres de los consejeros electorales”, acordó el pleno.

De igual forma, la y los magistrados consideraron “que todos los consejeros electorales denunciados son responsables (…) porque aprobaron las listas de candidaturas presentadas por los partidos políticos, aun cuando las solicitudes de registro incumplían con el referido principio (de paridad de género) en su doble vertiente, vertical y horizontal”.

En su opinión, los consejeros electorales incumplieron el Artículo 41 de la Constitución federal, así como disposiciones legales y criterios jurisprudenciales, “de ahí que se estime que la conducta es grave”.

Al argumentar su voto en favor del proyecto elaborado bajo la ponencia del magistrado presidente, Constancio Carrasco Daza, su homólogo, Pedro Esteban Penagos, dijo que los siete consejeros electorales incurrieron en una falta grave al no cumplir con la paridad de género en el registro de candidaturas durante el proceso local de junio del año pasado.

Recordó que “estas jurisprudencias son obligatorias desde el 8 de mayo del 2015. El descuido se advierte plenamente porque (…) ellos emiten el acuerdo el 9 de junio del mismo año”.

En su turno, la magistrada María del Carmen Alanís Figueroa lamentó que la autoridad electoral local no haya tomado las medidas necesarias para la postulación de candidaturas.

“Acompaño en sus términos (el proyecto); es muy lamentable el caso de remoción de un Consejo General en su totalidad”, dijo.

Alanís Figueroa lamentó la “notoria negligencia con la que actuaron la Presidencia, los consejeros y las consejeras del IEPC en el desempeño de sus funciones durante el proceso electoral 2014-2015”.

Reforma del 2014 reorientó competencias y atribuciones

El consejero presidente, Constancio Carrasco, indicó que la reforma electoral del 2014 determinó reorientar tanto el papel como las formas, competencias, atribuciones, modelo de designación, de permanencia en el cargo y de remoción de las autoridades electorales en el país, “esencialmente todas las que conciernen a la organización comicial en México”.

Además se renovó a todos los institutos electorales locales de las 32 entidades federativas, de tal suerte que quienes fueron elegidos como consejeros electorales deben constituirse como verdaderos.

Dijo que el pleno del INE determinó la separación de tres de los siete consejeros por inobservar el principio de paridad de género en el registro de candidaturas tanto en la renovación de los ayuntamientos como al Congreso local.

Cabe recordar que en la sesión del 19 de febrero, y por decisión unánime, el Consejo General del INE determinó la salida de los consejeros locales Carlos Enrique Domínguez Cordero e Ivonne Miroslava Abarca Velázquez.

Además, por ocho votos en favor y tres en contra —de los consejeros electorales Marco Antonio Baños, Benito Nacif y Javier Santiago—, aprobó la remoción de la consejera local, Margarita Esther López Morales.

Por EL ECONOMISTA

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

5 × 1 =